La princesa demandó al Estado
alemán por las fotografías publicadas en dos semanarios de ese país en
las que aparecía esquiando con su familia
Carolina de Mónaco. La
princesa perdó el juicio por la publicación de fotografías en dos
semanarios de Alemania donde aparecía esquiando con su familia
(FOTO: Archivo )
La Gran Sala del Tribunal de Derechos Humanos de Estrasbugo falló hoy contra la princesa Carolina de Mónaco
en su demanda contra el Estado alemán por las fotografías publicadas en
dos semanarios de ese país en las que aparecía esquiando con su
familia.
Según la sentencia, leída por el presidente de Tribunal, Nicolas Bratza, Alemania no violó el artículo 8 (derecho al respeto de la vida privada y familiar) del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
La vista por este caso se celebró en octubre de 2010, como consecuencia de la demanda presentada en 2008 por Carolina de Mónaco y su esposo, Ernesto de Hannover, por varias fotos publicadas entre 2002 y 2004 por las revistas "Frau im Spiegel" y "Frau Aktuell" .
La sentencia fue adoptada por los 17 jueces que componen la Gran Sala del Tribunal de Estrasburgo por unanimidad.
En las instantáneas aparecía la princesa Carolina con su esposo en las estaciones de esquí de Saint Moritz (Suiza) y Zürs am Arlberg (Austria).
Una de las fotografías ilustra el artículo "El príncipe Rainiero no está solo en casa", que informa cómo la princesa Estefanía cuidaba de su padre enfermo, mientras Carolina estaba de vacaciones y el príncipe Alberto asistía a los Juegos Olímpicos de Salk Lake City (EU).
La Gran Sala coincide con los tribunales alemanes en que esa foto posee un "valor informativo" dentro del debate público de "interés general" que supuso la enfermedad del príncipe Rainiero.
La sentencia destaca la conclusión del Tribunal Constitucional alemán: "La prensa tenía derecho a relatar cómo los hijos del príncipe conciliaban sus obligaciones de solidaridad familiar con las necesidades legítimas de su vida privada, como irse de vacaciones".
El texto añade que las fotos de los demandantes en plena calle de Saint-Moritz "no son ofensivas en sí mismas para tener que justificar su prohibición".
Asimismo, y a diferencia de la opinión de los demandantes, el Tribunal de Estrasburgo señala que las fotos de dos "personajes públicos" no fueron tomadas "clandestinamente ni en circunstancias desfavorables" a los interesados.
La Corte de Derechos Humanos de Estrasburgo había condenado a Alemania en 2004 por no proteger el derecho a la intimidad de la princesa por las fotos publicadas en los años 90 junto al actor Vincent Lindon.
Tras esa sentencia, el Gobierno alemán aprobó algunas modificaciones en su legislación, encaminadas a una mejor protección de la vida privada.
Según la sentencia, leída por el presidente de Tribunal, Nicolas Bratza, Alemania no violó el artículo 8 (derecho al respeto de la vida privada y familiar) del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
La vista por este caso se celebró en octubre de 2010, como consecuencia de la demanda presentada en 2008 por Carolina de Mónaco y su esposo, Ernesto de Hannover, por varias fotos publicadas entre 2002 y 2004 por las revistas "Frau im Spiegel" y "Frau Aktuell" .
La sentencia fue adoptada por los 17 jueces que componen la Gran Sala del Tribunal de Estrasburgo por unanimidad.
En las instantáneas aparecía la princesa Carolina con su esposo en las estaciones de esquí de Saint Moritz (Suiza) y Zürs am Arlberg (Austria).
Una de las fotografías ilustra el artículo "El príncipe Rainiero no está solo en casa", que informa cómo la princesa Estefanía cuidaba de su padre enfermo, mientras Carolina estaba de vacaciones y el príncipe Alberto asistía a los Juegos Olímpicos de Salk Lake City (EU).
La Gran Sala coincide con los tribunales alemanes en que esa foto posee un "valor informativo" dentro del debate público de "interés general" que supuso la enfermedad del príncipe Rainiero.
La sentencia destaca la conclusión del Tribunal Constitucional alemán: "La prensa tenía derecho a relatar cómo los hijos del príncipe conciliaban sus obligaciones de solidaridad familiar con las necesidades legítimas de su vida privada, como irse de vacaciones".
El texto añade que las fotos de los demandantes en plena calle de Saint-Moritz "no son ofensivas en sí mismas para tener que justificar su prohibición".
Asimismo, y a diferencia de la opinión de los demandantes, el Tribunal de Estrasburgo señala que las fotos de dos "personajes públicos" no fueron tomadas "clandestinamente ni en circunstancias desfavorables" a los interesados.
La Corte de Derechos Humanos de Estrasburgo había condenado a Alemania en 2004 por no proteger el derecho a la intimidad de la princesa por las fotos publicadas en los años 90 junto al actor Vincent Lindon.
Tras esa sentencia, el Gobierno alemán aprobó algunas modificaciones en su legislación, encaminadas a una mejor protección de la vida privada.